viernes, 16 de enero de 2015

La necesidad de un sistema de rentas mínimas que acompañe a los programas tipo Renta Básica

Es habitual que el tratamiento del binomio Renta Básica/Rentas Mínimas se plantee en términos de oposición y contradicción entre ambas modalidades de intervención social o económica. Señalaré algunos argumentos para defender que, en realidad, estas medidas deberían plantearse como aproximaciones complementarias.


Fuente: OEE Dpto. Empleo y Políticas Sociales. Gobierno Vasco. EDSS-ENS 2014


Un sistema de rentas mínimas es necesario incluso en presencia de una Renta Básica


Un aspecto que no se suele considerar suficientemente es que la existencia de un sistema de Renta Básica no tiene por qué implicar la desaparición de los sistemas clásicos de Rentas Mínimas, basados en la comprobación de recursos. La razón es que, en caso de una cuantía insuficiente de Renta Básica, o de otros sistemas de garantía de mínimos a las personas (como las PNC), la única vía que quedaría para garantizar unos ingresos mínimos suficientes para toda la población sería el mantenimiento de estos sistemas de Rentas Mínimas.

Frente a la aproximación individual de la Renta Básica, en los sistemas de Rentas Mínimas la cobertura de las necesidades tiene en cuenta la convivencia entre personas. Si se carece de medios financieros económicos suficientes, esta aproximación de unidad de convivencia permite optimizar la cobertura de las necesidades.

Esto no significa que el sistema complementario de Rentas Mínimas deba ser la base central de la protección, que convendría orientar de manera preferente hacia las prestaciones de Renta Básica y similares, sino simplemente que debería seguir cumpliendo su papel de última red de garantía. La función del sistema de Rentas Mínimas sería garantizar en toda circunstancia que nadie quedara al margen de una protección suficiente.

Este enfoque tampoco supone defender que los sistemas de Rentas Mínimas funcionen de acuerdo con principios contradictorios a los de la Renta Básica. Al contrario, puede acentuarse en estos sistemas la idea de incondicionalidad en caso de comprobación de la necesidad, eliminar cualquier limitación temporal al acceso a las prestaciones e incluso introducir mecanismos orientados a la individualización de los pagos.


El gran problema del sistema español de protección no es que no haya desarrollado prestaciones orientadas a garantizar mínimos personales de renta; es más bien que no ha sido eficaz a la hora de hacerlo


En la aproximación al tratamiento de la política de garantía de ingresos en España, ha sido habitual insistir en la importancia que tiene el sistema general de prestaciones personales del Estado. 

Con independencia de que se considere o no a las pensiones contributivas como una forma de salario diferido, es evidente que el sistema de protección social español está compuesto por un número importante de prestaciones de garantía de ingresos personales de naturaleza no contributiva: complemento de mínimos de pensiones, SOVI, PNC y pensiones asistenciales, LISMI, prestaciones por hijos/as a cargo, subsidios de desempleo y Renta Activa de Inserción. En este contexto, el papel de las Rentas Mínimas tiende a resultar no sólo residual sino prácticamente marginal, con apenas alguna excepción.

Se insistió mucho en esta cuestión en el momento de la puesta en marcha de las Rentas Mínimas Autonómicas, en general para señalar su escasa relevancia. Aunque ésta no era en absoluto la intención de quienes mostraban esta evidencia en el ámbito universitario, algunas lecturas políticas asociadas sí resultaron particularmente equivocadas. Tuve ocasión de asistir a una de ellas en diciembre de 2009 cuando, en el marco del Foro Pro-Positivo para una Estrategia Inclusiva de Pamplona, un alto cargo de la Administración del Estado sostuvo que todos los sistemas autonómicos de Rentas Mínimas eran en la práctica irrelevantes.

La realidad iba pronto a demostrar que era en realidad el sistema estatal de protección, con su diversidad de mínimos personales de garantía, el que resultaba insuficiente.


El sistema de Rentas Mínimas ha sido relevante ahí donde se ha implantado


Un ejemplo del error señalado nos lo muestra la experiencia de la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE). En el País Vasco se observa de hecho que, entre la población más desfavorecida, el sistema de Rentas Mínimas tiene en las actuales circunstancias de crisis mayor impacto protector que el sistema general de protección del Estado.

Los datos estadísticos de la CAE dividen a la población en distintas categorías en la escala pobreza/bienestar real, teniendo en cuenta tanto los ingresos disponibles como el patrimonio y las condiciones materiales de vida. Las categorías planteadas en la escala son las de pobreza, otras formas de ausencia de bienestar, situaciones de predominio del bienestar pero con elementos de riesgo y, finalmente, una posición de bienestar (completo o casi completo).

Pues bien, partiendo de esta clasificación, se constata que los ingresos del sistema de Rentas Mínimas de la CAE (RGI/PCV/AES) aporta un 41,7% de los ingresos de la población que se enfrenta en la actualidad a situaciones de pobreza real. Esta aportación casi dobla el 23,2% correspondiente a los ingresos procedentes del sistema estatal de protección general, con un 15,5% asociado a la política de desempleo y demás prestaciones complementarias y un 7,7% al sistema general de pensiones por jubilación, invalidez y viudedad (supervivencia).

El sistema RGI/PCV/AES sigue teniendo un papel importante en el grupo que supera la pobreza pero que se enfrenta a otras formas de ausencia de bienestar, un colectivo en el que la parte dominante de los ingresos procede ya del trabajo y de otras formas de actividad económica (45,1%). Pero el sistema vasco de Rentas Mínimas aún aporta un 19,7% de los ingresos del grupo. Esta proporción es similar al 20,2% de ingresos del sistema general de pensiones y supera claramente el 9,9% procedente del sistema de protección al desempleo y otras ayudas generales estatales.
Fuente: OEE Dpto. Empleo y Políticas Sociales. Gobierno Vasco. EDSS-ENS 2014
Se observa, por otra parte, que el sistema RGI/PCV/AES es el único que centra su atención de forma dominante en los grupos con problemas de acceso al bienestar. Un 45,6% de las ayudas se dirigen a colectivos afectados por la pobreza real en la actualidad, con otro 33% en situación de ausencia de bienestar y un 18% que combinan una posición de bienestar dominante con realidades de riesgo. Esto supone una concentración del 96,6% del gasto realizado en la población en mayor situación de riesgo. 

Esta proporción se reduce en cambio al 36,6% al considerar el gasto estatal en desempleo y otras políticas sociales distintas de la política general de pensiones. En la práctica, estas políticas benefician proporcionalmente más a grupos alejados de las realidades de riesgo en el acceso al bienestar.
Fuente: OEE Dpto. Empleo y Políticas Sociales. Gobierno Vasco. EDSS-ENS 2014


Todo esto justifica la consideración del modelo de Rentas Mínimas en una política general de garantía de ingresos que impulsara la Renta Básica


La conclusión que aportan los datos es evidente. Sin el sistema de Rentas Mínimas, la protección a los colectivos más desfavorecidos del País Vasco habría tenido poca eficacia. Y esto es, de hecho, lo que ha ocurrido en el conjunto del Estado, con un desarrollo casi siempre muy marginal de las Rentas Mínimas Autonómicas. Ello ha contribuido a un sustancial incremento de las formas más graves de pobreza en España y al deterioro de los indicadores de desigualdad.

En el actual contexto económico de España, es poco probable que la introducción de los necesarios programas de Renta Básica individual puedan resolver todos los problemas a corto y medio plazo. Es una llamada para que se considere el potencial que ha demostrado el sistema de Rentas Mínimas en comunidades como la del País Vasco y a evitar la tentación de desmontar estos sistemas de protección en nombre de la Renta Básica.
Luis Sanzo

Artículos relacionados: 

Pensionesno contributivas (PNC), Rentas Mínimas de Inserción (RMI) y Renta Básica deCiudadanía (RBC)

 La política de garantía de ingresos en España

Una propuesta de la Renta Básica de Ciudadanía que podemos tener en España a partir de 2015

No hay comentarios:

Publicar un comentario