lunes, 12 de enero de 2015

Luis Sanzo comenta la Propuesta de la Renta Basica que Podemos


Sobre la propuesta inicial para una política de Renta Básica de Ciudadanía
El primer modelo de propuesta que introduce Rafael Pinilla para el debate me sugiere los siguientes comentarios:
La Renta Básica es incondicional pero no exime de las obligaciones vinculadas a la pertenencia a la comunidad política en la que se fundamenta la ciudadanía
1. Resulta acertada la insistencia sobre la C de ciudadanía en la aproximación al concepto de Renta Básica así como la referencia al contexto de pacto social en el que se inscribe una medida como esta
Luis Sanzo, Responsable de EPDS
Resulta simplificadora la idea de que la Renta Básica equivale a tener un ingreso garantizado que no tiene implicación alguna en relación a la aportación a la sociedad a través del trabajo, productivo o no. La idea clave es que el concepto de ciudadanía, en tanto que expresión de pertenencia a la comunidad política, viene asociado a un derecho a la existencia que se hace efectivo a través de la Renta Básica. Pero esta misma condición de pertenencia a la comunidad implica también la asunción de las obligaciones inherentes al pacto social que da origen a la ciudadanía, expresión del compromiso mutuo de las personas con la sociedad. El compromiso de la sociedad con la garantía de las necesidades básicas no exime por tanto de la responsabilidad de cumplir con las obligaciones exigidas a cualquier ciudadano o ciudadana en la legislación general del país.
Es sin duda ingenuo pensar que algunas de los ataques que se realizan a las Rentas Mínimas no podrían extenderse a la Renta Básica. La crítica, conservadora pero socialmente muy extendida, del supuesto parasitismo social de las personas beneficiarias de las prestaciones sociales que no trabajan seguiría teniendo incidencia incluso en el caso de que la protección a la población se fundamentara en la Renta Básica.medida como ésta.
Así ocurriría, al menos, si el deber de trabajar siguiera incluyéndose entre las obligaciones exigidas a ciudadanos y ciudadanas. En el caso español, este deber se encuentra reconocido en el artículo 35 de la Constitución de 1978 (“Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo,…) y en su artículo 40 se recoge la contribución de los poderes públicos a que tal derecho pueda hacerse efectivo, al establecer que “realizarán una política orientada al pleno empleo”.
Resulta por tanto necesario considerar, en todo planteamiento de Renta Básica, las obligaciones asociadas al concepto de ciudadanía. La cuestión más relevante en este punto es si el deber de trabajar debe formar parte o no de las obligaciones exigibles a la ciudadanía.
Mi opinión al respecto se basa en los siguientes principios:
a) El principio del deber de trabajar debe sustituirse por un planteamiento más abierto que haga referencia a la obligación de contribuir, mediante la actividad personal, enmarcada o no en el sistema productivo remunerado, al bienestar general de la comunidad política. Es esta idea más amplia de participación en la actividad social a favor de la comunidad, más allá del trabajo productivo remunerado, la que debería quedar asociada al concepto de ciudadanía.
b) En tanto que elemento de aplicación efectiva del derecho a la existencia, con carácter general, la garantía de acceso a la Renta Básica debería primar sin embargo incluso sobre la obligación de participación en actividades sociales a favor de la comunidad en los casos en los que se detectara una actitud completamente apática o de alejamiento respecto a la comunidad. La sociedad, sin embargo, sí podría exigir que las autoridades públicas actuaran, recurriendo a estímulos positivos, para que se cumpliera la obligación de contribución activa a la vida de la comunidad.
c) Sólo en casos excepcionales, bien definidos y siempre que la propia supervivencia de la comunidad política estuviera en peligro, podría llegar a exigirse mecanismos específicos de participación en el trabajo productivo a las personas que no contribuyan activamente a la vida de la sociedad.

2.Esta aproximación al concepto de ciudadanía deja abierta la posibilidad de dejar fuera de la Renta Básica a la población extranjera. En mi opinión, sin embargo, debería extenderse el acceso a la protección a toda persona residente en el territorio que cumpliera con las obligaciones exigidas a la población ciudadana. La idea sería que toda persona extranjera que llega al territorio acabará formando parte en un tiempo relativamente corto de la comunidad política.

Es necesario definir una política de garantía de ingresos que combine la mejora de algunas de las prestaciones ya existentes con la introducción de nuevas modalidades de Renta Básica

Analizando la estrategia para construir un modelo de garantía de Renta Básica de Ciudadanía en España a partir de 2015, resultaría conveniente asumir que lo que se pretende construir es ante todo un sistema de garantía de ingresos suficientes para toda la población residente. Dentro de ese planteamiento general, las modalidades específicas de protección pueden ser diversas aunque con una apuesta creciente por la aplicación de los programas específicos inspirados en la filosofía de la Renta Básica.

En el contexto español, hay dos ámbitos de intervención social ya en marcha que podrían ser objeto de mejora en la línea de consecución del objetivo señalado:

    a) En primer lugar, resulta necesario ajustar al alza las cuantías de las actuales Prestaciones No Contributivas, consolidando nuevas modalidades para cubrir –de forma estructural- a más colectivos de personas desempleadas. Es importante redefinir estas prestaciones de forma que se ajusten de forma más efectiva a los principios inspiradores de la Renta Básica. El hecho de que se definan como prestaciones individuales lo hace posible.

    b) En segundo lugar, es preciso convertir el actual sistema de Rentas Mínimas Autonómicas en un verdadero sistema estatal de protección, estableciendo una última red de garantía para el acceso a unos ingresos mínimos. Respetuoso del derecho de iniciativa autonómica y de su gestión por las CCAA, este sistema debe contar con una base financiera del Estado para garantizar una protección básica común, integrándose por esa vía en el sistema general de protección estatal.

Sin perjuicio de lo anterior, es necesario empezar a dar pasos significativos en la línea de la introducción de programas específicos de Renta Básica. La prioridad principal sería establecer una Renta Básica para menores, ligada al rango del nacimiento (para prevenir estimular en su caso, la dinámica de la natalidad). Sería una vía operativa para empezar a introducir prestaciones familiares que permitieran abordar de manera decidida los problemas vinculados a la pobreza infantil.

Esta reforma podría implementarse de manera progresiva, incorporando inicialmente a los grupos de renta baja y, progresivamente, al conjunto de la población. Conforme se fuera aplicando este programa de Renta Básica debería procederse a la eliminación del sistema de deducción por hijos/as en el IRPF.

Otra medida de Renta Básica sería la que se derivaría del Fondo para la Renta Básica que plantea Rafael Pinilla. Sus beneficiarios serían los contribuyentes a dicho Fondo. La gestión de este Fondo, que podría ser gestionado en el ámbito autonómico, sería independiente del sistema de Rentas Mínimas Autonómicas aun cuando los ingresos personales derivados de este Fondo se computarían en estos programas de garantía de ingresos autonómicos[1].

La apuesta en favor del sistema de garantía de ingresos y de la Renta Básica debería combinar realismo y ambición

España se enfrenta a grandes retos sociales en los próximos años, en particular al del mantenimiento del actual sistema de pensiones. Este sistema se enfrenta al acelerado proceso de envejecimiento de una población que sin embargo ha consolidado un derecho a pensiones de cuantía media creciente respecto a generaciones anteriores. El posible desajuste, puesto ya de manifiesto en la necesidad de recurrir al Fondo de Reserva del sistema, se ve acentuado por la significativa caída, a raíz de la crisis, de la población ocupada que deberá sostener financieramente el sistema. En un contexto así, las propuestas de reforma deben ser presididas por el realismo y la prudencia. España no podrá permitirse reformas en el gasto que superen con creces el 2-3% del PIB. Estas reformas deberán incluir, además de las medidas de Renta Básica y de garantía de ingresos, la mejora de los servicios públicos, la sanidad, la educación o la dependencia.

A la vista de los dramáticos efectos de la crisis sobre la población, resulta sin embargo igualmente necesario un mínimo de ambición. El esfuerzo inicial de reforma en programas de garantía de ingresos desde el Estado no debería ser inferior al 0,5% del PIB español, aumentando de forma progresiva hasta el 1% en un periodo de cuatro o cinco años. Este esfuerzo se basaría en una aportación fija a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.

Estas aportaciones para las políticas de garantía de ingresos se completarían con las que se derivaran de la introducción del Fondo para la Renta Básica que plantea Rafael Pinilla.


Lucha contra los bajos salarios y estímulos al empleo

La propuesta recoge la necesidad de compatibilizar los programas de garantía de ingresos con los ingresos por trabajo. Se trata de un planteamiento necesario para estimular de forma positiva el acceso al trabajo, garantizar la protección a las personas con bajos salarios y establecer un modelo en el que la participación en la generación de recursos financieros para la sociedad se asocie a un mayor nivel de garantía de ingresos que quienes no tienen esa participación.

Resulta por tanto necesario un ajuste del sistema fiscal –en particular del IRPF- para garantizar, para el conjunto de la sociedad, la correlación entre los ingresos por actividad económica y los ingresos finales después de transferencias sociales, recurriendo a una modalidad de créditos fiscales inspirada en el modelo británico o a un sistema de impuesto negativo como el que habitualmente se plantea en España de cara a la introducción de sistemas de Renta Básica. En su defecto, podría pensarse en introducir en el sistema de rentas mínimas un sistema de estímulos al empleo, similar al existente en Francia o en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

[1]   Podría pensarse igualmente en modelos de Renta Básica para funciones profesionales socialmente prioritarias pero que tienen un recorrido económico muy limitado en el ámbito del mercado. Podría pensarse, por ejemplo, en una Renta Básica para profesionales del mundo de la cultura que contribuiría a mantener la diversidad en un sector que, dejado al libre mercado, podría acabar traduciéndose en unas pocas, limitadas y concentradas expresiones. El Fondo previsto podría destinarse en parte a esta finalidad.

Artículos relacionados:


No hay comentarios:

Publicar un comentario